En el Centro de Conciliación INCEGA, facilitamos la resolución del aspecto económico en conflictos derivados de delitos o faltas. Si te encuentras en medio de una situación penal, es fundamental entender que nuestro centro interviene únicamente en la fijación y acuerdo de la reparación civil, siempre que no exista aún una sentencia judicial firme
Cuando ocurre un delito o falta, además de la responsabilidad penal, surge la obligación de reparar el daño causado (reparación civil). La ley peruana permite que las partes involucradas lleguen a un acuerdo voluntario sobre el monto y la forma de pago de esta indemnización.
Al conciliar este punto en nuestro centro, se obtiene un Acta de Conciliación con valor de título de ejecución, lo cual brinda seguridad jurídica a ambas partes y permite cerrar el capítulo del daño económico de forma privada y eficiente.
Podemos intervenir en la conciliación de reparaciones civiles cuando:
Nota importante: Nuestro centro no interviene en la determinación de la responsabilidad penal (culpabilidad o pena privativa de libertad), nuestra competencia se limita exclusivamente a los acuerdos sobre la reparación civil.
La asesoría previa es vital en estos temas. Nuestros conciliadores extrajudiciales en Chiclayo están capacitados para explicarte cómo abordar este proceso de manera legal y ética.